No vale la pena extenderse para
rechazar el tópico que afirma que todo musulmán es terrorista. Basta pensar que
si de los mil quinientos millones de musulmanes que hay en el planeta sólo el uno
por ciento fuese terrorista el mundo estaría en un estado de guerra permanente
y sería invivible.
Aclarado lo anterior, parecen atinadas
las reflexiones de G. Perednik (1):
«La nuevamente permitida claridad impone, por
un lado, que obviamente no basta con ser musulmán para ser terrorista y, por el
otro, que hay nítidas huellas del Islam en la barbarie que nos aqueja.
La conclusión del silogismo es que resulta
necesario dirimir en qué medida el gran mal social de nuestro siglo –el
terrorismo– es atribuible al Islam. No lo es en su totalidad, por supuesto,
pero tampoco puede exonerarse ligeramente la violencia ínsita en la tradición
mahometana.
No abundan hoy en día las religiones que
decapiten, flagelen, torturen en nombre de su dios, apedreen a las mujeres
“desviadas” o apliquen penas de muerte incluso por delitos de fe y de
conciencia. En rigor, hay una sola.
Una, que no se limita a generar
involuntariamente (como cualquier otra religión podría hacerlo) fanáticos
descastados que se desvíen de su propia fe o se rebelen contra ella, sino que
por el contrario inspira a numerosos terroristas que encuentran precisamente en
el Islam la inspiración y la justificación para los crímenes más atroces y
despiadados».
Contra lo que a veces se
piensa, España se convirtió en escenario del terrorismo islámico por primera
vez en abril de 1985. Este hecho dio inicio de una serie de actos terroristas,
tentados o consumados, que no voy a enumerar por razones de brevedad (2).
Sólo cito dos casos recientes que destacan por su gravedad: el 11 de marzo de
2004, tuvo lugar el mayor atentado terrorista de la historia de España (con 193
muertos y 2053 heridos); el 17 de agosto de 2017 se produjeron los atentados de
Cataluña (con 16 muertos, 8 terroristas, y 152 heridos). La lista de actos terroristas
intentados o consumados llega hasta 2021.
Para comprender mejor la
situación de España, en la cual emergen las propuestas de Vox, hay que recordar
algunos hechos de público conocimiento: 1) Al-Qaeda (3) ha declarado
que el asesinato de españoles puede formar parte de misiones terroristas; 2)
numerosas escuelas de la comunidad islámica (4) incluyen a España
como territorio del Islam invadido por infieles; 3) uno de los objetivos del
terrorismo yihadista es recuperar todos los territorios (5) que fueron
islámicos, incluida la península ibérica; 4) los individuos condenados por
actividades yihadistas, o muertos en actos de terrorismo suicida, en su mayoría
(6) nacieron fuera de España, pero se radicalizaron mientras vivían
en ese país. En suma, España es un blanco importante del terrorismo islamista, el
cual representa una amenaza real y grave para su seguridad nacional.
Respecto del ideario de Vox, dos
de las fuentes consultadas en la primera entrada contienen propuestas relativas
al Islam. La primera (100M), que data de 2018, incluye varias.
La segunda (AE), de 2021, repite algunas que
estaban presentes en el documento anterior, pero también suprime otras que
seguramente resultaron muy polémicas. Desconozco las motivaciones de este
cambio pero lo cierto es que la omisión implica una moderación en el discurso.
Algunas propuestas pueden ser discutibles,
pero no son inquietantes desde una perspectiva liberal. Así, por ejemplo: presencia
policial en las calles imposibilitando la creación de guetos donde se impone de facto la ley islámica; cadena
perpetua e imprescriptibilidad de los delitos terroristas; inhabilitación
perpetua para ocupar cargos públicos a quienes cooperan con el terrorismo;
recuperación de la soberanía en la aplicación de las sentencias de los tribunales
españoles, de modo que los terroristas no puedan beneficiarse del amparo de
Organismos europeos; participación de España en misiones militares de combate
contra la amenaza yihadista; sanción de una ley memoria, dignidad y justicia
para las víctimas del terrorismo y creación de un memorial para su recuerdo.
Consciente del estrecho vínculo
entre islamismo radical y terrorismo, Vox propone otras medidas que buscan limitar
la difusión de versiones del Islam que impulsan a la violencia. Primera, la
expulsión de imanes (extranjeros, se sobreentiende) que promuevan
interpretaciones fundamentalistas del Islam, el menosprecio de la mujer o la
violencia terrorista. La expulsión es una sanción administrativa, regulada por
la ley española, que actualmente está prevista para diversas acciones, como trabajar
sin permiso, ocultar cambios en el estado civil, conductas contrarias a la
seguridad nacional o actos discriminatorios (7). Segunda, Vox
promueve el cierre de mezquitas fundamentalistas y la prohibición de abrir
otras de igual carácter. Como ha explicado J.A. Rodríguez García «En esta
materia (el establecimiento de mezquitas y oratorios islámicos) entra en juego
las relaciones internacionales. Países como Marruecos, Egipto, Irán, Qatar y
Arabia Saudí se disputan el control de los creyentes musulmanes de España. La
construcción o el establecimiento de una mezquita sufragada con el dinero de
estos países garantiza el control de los imames y, en consecuencia, la difusión
de la visión del islam que propugna ese país». Como la propuesta de Vox no da
una definición de lo que entiende por «fundamentalismo», puede ser objeto de
diferentes valoraciones, pero si se refiere a la incitación a
la violencia, la medida puede ser una sanción razonable. Tercera, se propone
exigir a los responsables de la religión islámica en España una absoluta colaboración
para la detección de radicales. Dependiendo del alcance de «exigir» esta medida
puede ser razonable o una restricción arbitraria de las libertades civiles. Se
necesitan mayores precisiones para juzgarla. Cuarta, ilegalizar la financiación
por parte de terceros países de lugares de culto islámico (fundamentalista) en
suelo español. Para comprender el origen de esta propuesta hay que tener en cuenta
que, en 2011, un informe de los organismos de inteligencia daba cuenta de que
seis países musulmanes financian al islamismo radical. Otro caso reciente ha
sido el de Ayman Adlbi (8).
Una propuesta de Vox que
estaba presente en 100M, y no se encuentra en AE, es la exigencia del principio
de reciprocidad en la apertura de lugares de culto. Así, por ejemplo, si Arabia
Saudita no permite abrir una iglesia cristiana, España niega el permiso para
establecer una mezquita. Esta propuesta no sólo es inquietante sino que implica
una afectación negativa de la libertad religiosa. En efecto, esta libertad es
un derecho fundamental, no algo que se conceda o no bajo condición de
reciprocidad. Los seres humanos tienen derecho a la libertad de cultos, aunque
en otros países, los miembros de su confesión, priven de derechos a quienes
profesan otra religión. En fin, pareciera una propuesta «sobreactuada» —cosa
habitual en todas las fuerzas políticas— que difícilmente superaría el control
de constitucionalidad.
Otra propuesta de Vox,
contenida en 100M pero no ya en AE, es la exclusión de la enseñanza
del Islam de la escuela pública. Prohibición que no se limitaría a las versiones
fundamentalistas del Islam. Aquí es importante tener en cuenta lo siguiente: una
cosa es que la escuela pública no incluya la enseñanza religiosa y otra es que,
si la incluye, se discrimine a una confesión respecto de otra. En el caso de
España, estaríamos ante el segundo supuesto. Y se constituiría una vulneración
de la libertad religiosa. Al igual que la propuesta anterior, sería improbable que
superase el control de constitucionalidad.
Para concluir, podemos decir
que algunas propuestas de Vox relativas al Islam son discutibles; que otras son inquietantes, a menos que se precise mejor su contenido. Dos propuestas afectarían derechos
fundamentales y, si se pusieran en práctica, difícilmente superarían el
control de constitucionalidad. Tal vez sea esta la razón por la cual no las incluye el
último documento programático del partido. Con todo, no parecen
suficientes para calificar a Vox de partido «islamófobo».
_____
(1) https://www.nodulo.org/ec/2017/n178p05.htm
(2) Una
enumeración exhaustiva de los distintos actos terroristas intentados o
consumados en España, se encuentra aquí:
https://es.wikipedia.org/wiki/Yihadismo_en_Espa%C3%B1a#Historia_del_yihadismo_en_Espa%C3%B1a
(3) https://www.larazon.es/espana/20210820/y36zkjbis5cvdokt3gzyljd7ty.html
(4) https://issuu.com/stoprumores/docs/islamismox20radicalx20enx20espana
(5) https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-37549419
(7) http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/extranjeria/regimen-general/expulsion
(8) Sobre el caso
en España ver: https://www.europapress.es/nacional/noticia-policia-detiene-presidente-comision-islamica-espana-operacion-antiterrorista-20210324124730.html
Y también: https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/B-9-2020-0087_ES.html