Con la aparición del constitucionalismo
liberal, y como garantía de la libertad personal, el poder soberano se divide
de manera funcional en ejecutivo, legislativo y judicial. La relación entre
estos poderes determina la clasificación de las formas de gobierno (autocracia
o democracia). Y la forma en que cada uno de estos poderes se estructura en el
territorio determina la clasificación de las formas de Estado (unitario,
federal, confederación).
En los siglos XVIII y XIX existió un
predominio del Estado unitario, modelo esencialmente moderno, que consolida el
concepto de Estado-nación y permite la construcción de la mayoría de los
Estados europeos a finales del siglo XVIII. El siglo XX se caracterizó por un
auge del Estado federal.
En España ha sido constante la discusión
—académica y política— sobre si la forma de Estado adoptada por la Constitución
de 1978 es la de un Estado federal o no. Parte de la doctrina sostiene que es
un Estado unitario, de comunidades autónomas, muy descentralizado
políticamente. Otra parte de la doctrina afirma que la evolución institucional
ha conducido a un Estado federal de hecho, pero no reconocido
constitucionalmente. En este sentido, se han formulado algunas propuestas de
reforma constitucional para «convertir» a España en un Estado federal de
iure. Lo cual no admite, como es sabido, la posibilidad de secesión de sus
regiones.
Vox sostiene que luego de cuarenta años
el régimen de las autonomías ha fracasado. Que, en contra de lo esperado, se ha
convertido en enemigo de la diversidad de España, atacando la pluralidad
provincial y comarcal, tratando de homogeneizar territorios artificialmente.
Que el resultado es una nación «dividida en 17 reinos de taifas, un enorme caos
administrativo, lazos afectivos debilitados y un país sumamente desigual». Por
ello, y para poner freno al separatismo, procura transformar el régimen actual
en un Estado unitario administrativamente descentralizado.
Respecto de esta propuesta de Vox, se ha
dicho que un Estado unitario sería iliberal o incluso anti-liberal. En rigor,
esta crítica supone una confusión de conceptos. En primer lugar, porque ni la
forma de Estado federal implica un gobierno democrático (p.ej. la U.R.S.S. fue
una autocracia federal), ni la forma unitaria determina un gobierno autocrático
(p.ej., Holanda es una democracia unitaria). En segundo lugar, porque la forma
de Estado federal no es signo inequívoco de un techo ideológico liberal, ni
tampoco la forma unitaria es reveladora de un ideario iliberal o anti-liberal.
En efecto, como bien ha señalado M. García-Pelayo, «toda constitución, también
la federal, se basa sobre unos principios o motivaciones políticas
fundamentales, […] pues constituyen el substratum común
para una existencia política […] sin la cual no sería posible el
Estado federal. […] Tales principios o motivaciones pueden ser de
diversa índole, por ejemplo, democrático-liberales, como en el caso de Suiza y
de los Estados Unidos; monárquico-constitucionales, como en el caso del
II Reich, o marxistas-leninistas, como en el caso de la
Unión Soviética. Y su formulación puede ser textual y precisa (preámbulo,
declaraciones, preceptos), o bien manifestarse de un modo tácito o a través de
un proceso de integración de la vida política».
En resumen, la propuesta de Vox en favor
de reformar la Carta Magna para establecer un Estado unitario (como el de
Francia) es discutible desde diversos puntos de vista, pero, por sí misma, no
implica la adopción de una forma de gobierno autocrática ni es expresión de una
ideología iliberal o anti-liberal.
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